¿Te preguntas qué es la usucapión, cuáles son sus tipos y qué requisitos se necesitan para que proceda?
En esta guía encontrarás toda la información necesaria.
Además, podrás contactar sin compromiso con abogados especializados en derecho inmobiliario y civil en tu ciudad, quienes te asesorarán sobre cómo aplicar la usucapión a tu caso particular.
Primera consulta gratis
Contacta con abogados especialistas en derecho inmobiliario de tu zona.
Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.
¿Qué es la usucapión?
La usucapión, también conocida como prescripción adquisitiva, es un concepto legal por el cual una persona puede adquirir la propiedad de bienes a través de su posesión durante un tiempo determinado.
Este mecanismo está diseñado para promover la seguridad jurídica y la paz social, resolviendo conflictos sobre la propiedad que podrían surgir debido a la posesión prolongada de bienes sin título legal.
La usucapión se fundamenta en la idea de que, si una persona posee un bien de manera continua, pública y pacífica por el tiempo estipulado por la ley, merece el reconocimiento legal como propietario.
La usucapión se clasifica en dos tipos principales según los requisitos necesarios para su aplicación y el tiempo de posesión requerido.
Tipos de Usucapión
Estos son la usucapión ordinaria y la usucapión extraordinaria.
Cada uno tiene sus particularidades, adaptándose a diferentes situaciones jurídicas y reflejando la diversidad de casos en los que puede surgir la necesidad de adquirir la propiedad por este método.
Usucapión ordinaria
La usucapión ordinaria permite adquirir la propiedad de bienes a través de la posesión continuada durante un tiempo menos extenso que en la usucapión extraordinaria, pero exige requisitos adicionales como la buena fe y el justo título.
- Requisitos:
- Posesión en concepto de dueño: el poseedor debe actuar como si fuera el legítimo propietario del bien, sin que su posesión sea meramente tolerada o autorizada por el verdadero propietario.
- Buena fe: se requiere que el poseedor crea legítimamente que quien le transmitió el bien era el propietario y tenía el derecho de transmitirlo.
- Justo título: es necesario contar con un documento que, aunque pudiera estar afectado por algún vicio, legalmente parezca suficiente para transmitir la propiedad.
- Tiempo de posesión: los plazos varían según el tipo de bien; para bienes inmuebles se requiere una posesión de diez años entre presentes (personas que residen en el mismo lugar) o veinte años entre ausentes (cuando el propietario reside en un lugar distinto).
- Aplicación: la usucapión ordinaria es especialmente relevante en casos donde existe una transacción previa, posiblemente defectuosa, pero realizada con la convicción de estar actuando correctamente. Un ejemplo sería una persona que compra un terreno y recibe un título de propiedad, viviendo en él y mejorándolo bajo la creencia de ser el propietario legítimo, para descubrir años después que el vendedor no tenía el derecho de vender.
- Caso de Usucapión Ordinaria: Juan adquiere un terreno de María, quien se lo vende como suya. Juan no tiene motivos para dudar de María y registra el terreno a su nombre. Después de diez años de poseer y usar el terreno abiertamente, cultivándolo y pagando los impuestos correspondientes, Juan puede reclamar la propiedad a través de la usucapión ordinaria, a pesar de que más tarde se descubre que María no era la legítima propietaria.
Usucapión extraordinaria
La usucapión extraordinaria, por otro lado, ofrece un camino para adquirir la propiedad sin la necesidad de demostrar buena fe o justo título, pero exige un período de posesión más largo.
- Requisitos:
- Posesión en concepto de dueño: similar a la usucapión ordinaria, la posesión debe ser ejercida como si el poseedor fuera el propietario.
- Tiempo de posesión: se extiende a treinta años para bienes inmuebles, sin diferenciar entre presentes y ausentes. Para bienes muebles, el plazo es de seis años.
- No se requiere buena fe ni justo título: a diferencia de la usucapión ordinaria, estos requisitos no son necesarios para la extraordinaria, lo que la hace aplicable en un rango más amplio de situaciones.
- Aplicación: este tipo es particularmente útil en casos donde la posesión ha sido prolongada sin un título formal o cuando el título existente es inválido o inexistente. Un caso típico sería una persona que ocupa y cuida de una casa abandonada durante más de treinta años, tratándola como propia sin oposición de nadie.
- Caso de Usucapión Extraordinaria: Ana encuentra una casa abandonada y decide mudarse. Ella repara la casa, vive en ella, la mantiene y paga los impuestos locales durante más de treinta años. Aunque Ana sabía que no era la propietaria original y nunca obtuvo un título de propiedad, puede adquirir legalmente la casa mediante usucapión extraordinaria debido a su posesión prolongada bajo los términos requeridos por la ley.
Importancia de la distinción
La distinción entre usucapión ordinaria y extraordinaria es crucial en el ámbito legal, ya que determina el conjunto de pruebas requeridas para reclamar la propiedad y los plazos aplicables.
Mientras que la usucapión ordinaria podría ser más accesible para quienes han adquirido bienes bajo un título defectuoso pero con buena fe, la usucapión extraordinaria proporciona una vía para aquellos cuya posesión, aunque más prolongada, carece de los formalismos legales tradicionales.
¿Cómo encontrar un abogado para casos de usucapión?
Si deseas consultar con un abogado especialista, te invitamos a rellenar el formulario disponible en esta misma página en la que te encuentras ahora.
Tras ello, tu petición se enviará a Melendos, una plataforma legal de confianza que conecta a personas como tú con abogados, permitiéndote obtener presupuestos de hasta tres abogados especializados.
Todo ello con la comodidad de gestionarlo desde tu hogar y la seguridad de estar en contacto con abogados de primer nivel.
Primera consulta gratis
Contacta con abogados especialistas en derecho inmobiliario de tu zona.
Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.